El Servicio de Impuestos Internos (SII) ha implementado nuevas restricciones para la emisión de facturas en supermercados y restaurantes, limitando su uso a compras relacionadas con la actividad económica del comprador. Esta medida busca combatir la evasión tributaria y tendrá un impacto significativo en consumidores y PYMEs. A continuación, exploramos los detalles y las implicaciones de esta normativa.
Nuevas Normativas del SII para la emisión de Boleta o Factura
El SII ha dictado una resolución que refuerza las exigencias legales para la emisión de facturas en supermercados y restaurantes. A partir del 1 de marzo de 2025, las facturas solo podrán emitirse para compras que estén directamente relacionadas con el giro o actividad económica del comprador. Esto significa que las transacciones personales no podrán ser facturadas, obligando a los consumidores a solicitar boletas de ventas y servicios en esos casos.
Importancia del Tema para las PYMEs
Estas nuevas regulaciones son cruciales tanto para los consumidores como para las PYMEs. Para los emprendedores y dueños de negocios, entender estas normas es vital para asegurar el cumplimiento legal y evitar sanciones. Además, la medida afecta directamente a los restaurantes y supermercados, que deben adaptarse a estas exigencias o enfrentar severas multas.
Detalles Clave sobre la Nueva Medida
Las nuevas normativas establecen que:
En Supermercados:
Las facturas se emitirán solo cuando los bienes comprados estén relacionados con la actividad económica del comprador.
Para compras personales, se debe emitir una boleta de ventas y servicios.
Si un supermercado tiene más de diez cajas, solo el 10% podrá emitir facturas; si tiene menos, solo una caja podrá hacerlo.
Los supermercados que venden productos a comercios minoristas no están sujetos a este límite.
En Restaurantes:
Las facturas se emitirán únicamente cuando el consumo esté relacionado con la actividad económica del cliente.
En caso de consumo personal o familiar, se deberá emitir una boleta de ventas y servicios.
Para emitir una factura, el pagador debe presentar su Cédula RUT Electrónica (e-RUT) e indicar el motivo del consumo.
Análisis del Experto
Respecto a mi opinión sobre estas medidas del SII, es importante destacar que lo que se está implementando ya existía en términos generales (Boleta o Factura), pero lo nuevo es el aumento en las sanciones, tanto en multas como en clausuras. Lo que realmente me preocupa es que se responsabilice a los supermercados y restaurantes de determinar si la compra realizada por un cliente es o no parte de su actividad económica. Esto no me parece justo; un supermercado o restaurante no debería tener que adivinar si una compra personal puede ser utilizada para fines comerciales.
Por ejemplo, si tengo una empresa de ingeniería y voy al supermercado a comprar leche, café y agua, el establecimiento podría interpretar erróneamente que esos productos no son parte de mi giro. Sin embargo, estos gastos son perfectamente válidos para el correcto desarrollo de mi actividad comercial, ya que son los que se consumen en la oficina de la empresa. Por lo tanto, recomiendo capacitar al personal tanto en los comercios que serán vendedores como a los compradores en estos establecimientos.
Recomendaciones Prácticas
Para cumplir con estas nuevas obligaciones legales, te recomiendo:
Verificar Documentación: Asegúrate de tener tu e-RUT actualizado y listo para presentar al momento de realizar compras relacionadas con tu actividad económica.
Capacitar al Personal: Si eres dueño de un supermercado o restaurante, capacita a tu personal sobre las nuevas normativas para evitar sanciones.
Implementar Sistemas de Control: Considera implementar un sistema que te ayude a gestionar las solicitudes de facturación y boletas adecuadamente.
Sanciones por Incumplimiento
Los establecimientos que no cumplan con estas regulaciones enfrentarán sanciones severas:
Multas: Las multas pueden variar entre el 50% y el 500% del monto de la operación, con un mínimo de 2 UTM y un máximo de 40 UTA.
Clausura: Los establecimientos también arriesgan la clausura por hasta 20 días si no emiten la documentación tributaria correspondiente.
Sanciones para Compradores: Los consumidores que no exijan la emisión adecuada pueden ser multados con hasta 20 UTM.
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Conclusión
Las nuevas medidas del SII sobre el uso de facturas en supermercados y restaurantes representan un cambio significativo en la forma en que se gestionan las transacciones comerciales en Chile. Para los consumidores y PYMEs, es esencial adaptarse a estas regulaciones para evitar sanciones y asegurar el cumplimiento legal.
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Soy Cristian Montero E. contador auditor con una sólida trayectoria en finanzas y tributación. Antes trabajé con grandes empresarios que podían permitirse pagar costosas asesorías tributarias, legales y financieras. Ahora, quiero llevar ese conocimiento a las pequeñas y medianas empresas (PYMEs) para que también puedan beneficiarse de un asesoramiento de calidad.
Como director de Adactiva, me especializo en asesoría tributaria y financiera, auditoría externa y servicios contables. Estoy comprometido con entregar un servicio profesional que realmente haga la diferencia, ayudando a las PYMEs a navegar el complejo panorama tributario y financiero en Chile.
Mi objetivo es optimizar sus recursos y asegurar su cumplimiento legal, brindando soluciones personalizadas que se adapten a sus necesidades específicas.
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