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Sociedades de Profesionales: el salvavidas que evalĂșan las pymes de consultorĂ­a.

Desde el 1Âș de enero de 2023 muchas empresas que hoy prestan servicios profesionales y tributan en primera categorĂ­a, sin tener que pagar mensualmente el IVA, tendrĂĄn que hacerlo. AsĂ­ lo ordena la Ley 21.420 sobre reducciĂłn o eliminaciĂłn de exenciĂłn tributaria, cuya recaudaciĂłn pretende financiar -en parte- la PensiĂłn Garantizada Universal.

Sociedades de Profesionales
Sociedades de Profesionales

Para muchas pymes este ha sido un nuevo y duro golpe que podría frenar su crecimiento, sobre todo, para las que manejan proyectos de largo plazo cuyos precios ya fueron pactados; y para aquellas que prestan servicios a instituciones sin fines de lucro que no podrån descontar el IVA que sus proveedores tendrån que imponerles a partir del próximo año.

En este escenario, las sociedades de profesionales podrían convertirse en una salida, especialmente, para las pequeñas empresas cuyos socios aportan no sólo capital, sino también su trabajo en el día a día. ¿Es posible, entonces, convertir una SpA (Sociedad por acciones) en una sociedad profesional? ¿O es mejor crear una si la propiedad de la empresa sólo estå en manos de una persona?


Si se cumplen los requisitos, probablemente, la respuesta a estas preguntas es “sí”. Esta salida, sin duda, serĂĄ Ăștil para quienes realizan asesorĂ­as profesionales, por intermedio de quienes forman parte de dicha sociedad, con la colaboraciĂłn de dependientes que contribuyan a la prestaciĂłn de dichos servicios. Este tipo de sociedad se constituye en atenciĂłn a los miembros que las integran, a diferencia de las de capital, que se basan en los aportes monetarios de sus socios.


Como requisito, la autoridad exige que las sociedades de profesionales sean de responsabilidad limitada, que estén conformadas por dos o mås socios (con un límite de 50) y que ellos ejerzan la misma profesión para la sociedad o alguna profesión similar, afín o complementaria. Ademås, deben estar conformadas por personas naturales u otras sociedades de profesionales que cumplan con los mismos requisitos, vale decir, que presten los mismos servicios expresados en el objeto social de la sociedad que integran u otros servicios profesionales afines o complementarios.


Esta puerta de salida, que podrĂ­a aliviar a muchas pymes, la entregĂł el propio Servicio de Impuestos Internos (SII), validando esta opciĂłn y estableciendo que no se encuentra como una figura de elusiĂłn.


Recomendaciones

  • Modifica tu sociedad actual o crea una sociedad de profesionales, pero que tribute en Primera CategorĂ­a para el impuesto a la Renta.

  • Si tus honorarios son inferiores a 9 millones al año, y no tienes otros ingresos, mantente con tus Boletas de Honorarios.

  • Crea diferentes empresas para diferenciar tus actividades exentas y afectas a IVA.

  • HAZLO AHORA, ya que el plazo es el 01 de enero.



Gracias por leerme y hasta la prĂłxima.


 

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